LEY Nº 3168
Aprobando el Convenio Específico y sus anexos entre la Subsecretaría de Trabajo, Empleo y Capacitación Laboral de la provincia de La Pampa y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo dependiente del Ministerio de la Producción y Trabajo de La Nación
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. Nº 3380 del 20-09-19.-
Promulgada el 10-09-19.-
Sancionada el 29-08-19.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°:Apruébase el Convenio Específico y sus Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X entre la Subsecretaría de Trabajo, Empleo y Capacitación Laboral de la Provincia de La Pampa y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo dependiente del Ministerio de la Producción y Trabajo de la Nación, el día 1° de enero de 2019, ratificados por el Poder Ejecutivo mediante Decreto N° 1373/19, los que forman parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°: A fin de dar cumplimiento al Convenio que se aprueba en el artículo anterior, se faculta al señor Subsecretario de Trabajo, Empleo y Capacitación Laboral de la Provincia, a la selección propuesta del personal necesario. En caso de no ser agentes de la Administración Pública Provincial su contratación se realizará mediante la modalidad de locación de servicios, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34, inciso C), subinciso 5), apartado i) de la Ley 3 de Contabilidad, con las adecuaciones que resulten necesarias y/o mediante la modalidad de Pasantías de Formación Profesional Universitaria, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional 26427 y en la Ley Provincial 2497, sus modificatorias y complementarias.
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintinueve días del mes de agosto de dos mil diecinueve.
REGISTRADA BAJO EL N° 3168
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados, Provincia de La Pampa -Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
EXPEDIENTE N° 11322/19
SANTA ROSA, 10 SEP 2019
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N° 3691/19
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa –C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas –Dr. Ricardo Horacio MORALEJO, Ministro de la Producción.
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 10 SEP 2019
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL CIENTO SESENTA Y OCHO(3168).